{"id":23052,"date":"2023-03-24T19:47:15","date_gmt":"2023-03-24T19:47:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.topdata.co\/?page_id=23052"},"modified":"2023-09-25T18:27:46","modified_gmt":"2023-09-25T18:27:46","slug":"politicas-de-privacidad","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.topdata.co\/en\/politicas-de-privacidad\/","title":{"rendered":"Pol\u00edticas de privacidad"},"content":{"rendered":"<p>POL\u00cdTICA DE TRATAMIENTO PROTECCI\u00d3N DE DATOS PERSONALES DE LOS TITULARES<br \/>\nDE TOP DATA.<br \/>\nEn cumplimiento a lo dispuesto en la Ley estatutaria 1581 de 2012 y a su Decreto Reglamentario<br \/>\n1377 de 2013, TOP DATA informa la pol\u00edtica aplicable a<br \/>\nla entidad para el tratamiento protecci\u00f3n de datos personales.<br \/>\nI. IDENTIFICACI\u00d3N<br \/>\nNOMBRE DE LA INSTITUCI\u00d3N: TOP DATA., entidad<br \/>\ncomercial cuyo objetivo es BPO.<br \/>\nDIRECION: Calle 67 # 7 &#8211; 94 Piso 9 Bogot\u00e1, Colombia.<br \/>\nCORREO ELECTR\u00d3NICO: juanitabonilla@topdata.co<br \/>\nTELEF\u00d3NO DEL RESPONSABLE: 310 8629801<br \/>\nII. MARCO LEGAL<br \/>\nConstituci\u00f3n Pol\u00edtica, art\u00edculo 15.<br \/>\nLey 1266 de 2008<br \/>\nLey 1581 de 2012<br \/>\nDecretos Reglamentarios 1727 de 2009 y 2952 de 2010,<br \/>\nDecreto Reglamentario parcial 1377 de 2013<br \/>\nIII. EXCLUSIONES<br \/>\n1. Bases de datos o archivos mantenidos en un \u00e1mbito exclusivamente personal o dom\u00e9stico.<br \/>\n2. Bases de datos que tienen por finalidad la seguridad y defensa nacional y la prevenci\u00f3n y<br \/>\ncontrol del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.<br \/>\n3. Bases de datos de inteligencia y contrainteligencia.<br \/>\n4. Bases de datos y archivos period\u00edsticos y otros contenidos editoriales.<br \/>\n5. Bases de datos reguladas por la ley 1266 de 2008 (datos financieros \u2013 crediticios).<br \/>\n6. Bases de datos del DANE (Ley 79 de 1993).<br \/>\nIV. DEFINICIONES<br \/>\nAUTORIZACI\u00d3N: consentimiento previo, expreso e informado del titular para llevar a cabo el<br \/>\ntratamiento de datos personales.<br \/>\nAVISO DE PRIVACIDAD: comunicaci\u00f3n verbal o escrita generada por el responsable dirigida al<br \/>\ntitular para el tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la<br \/>\nexistencia de las pol\u00edticas de tratamiento de informaci\u00f3n que le ser\u00e1n aplicables, la forma de acceder<br \/>\na las mismas y las finalidades del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.<br \/>\nBASE DE DATOS: conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento.<br \/>\nCAUSAHABIENTE: persona que ha sucedido a otra por causa del fallecimiento de \u00e9sta (heredero).<br \/>\nDATO PERSONAL: cualquier pieza de informaci\u00f3n vinculada a una o varias personas determinadas<br \/>\no determinables o que puedan asociarse a una persona natural o jur\u00eddica.<br \/>\nDATO P\u00daBLICO: es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos<br \/>\np\u00fablicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesi\u00f3n u oficio y a su<br \/>\ncalidad de comerciante o de servidor p\u00fablico. Por su naturaleza, los datos p\u00fablicos pueden estar<br \/>\ncontenidos, entre otros, en registros p\u00fablicos, documentos p\u00fablicos, gacetas y boletines oficiales y<br \/>\nsentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no est\u00e9n sometidas a reserva.<br \/>\nDATOS SENSIBLES: se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o<br \/>\ncuyo uso indebido puede generar su discriminaci\u00f3n, tales como aquellos que revelen el origen racial<br \/>\no \u00e9tnico, la orientaci\u00f3n pol\u00edtica, las convicciones religiosas o filos\u00f3ficas, la pertenencia a sindicatos,<br \/>\norganizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido<br \/>\npol\u00edtico o que garanticen los derechos y garant\u00edas de partidos pol\u00edticos de oposici\u00f3n, as\u00ed como los<br \/>\ndatos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biom\u00e9tricos.<br \/>\nDATOS INDISPENSABLES: se entienden como aquellos datos personales de los titulares<br \/>\nimprescindibles para llevar a cabo la actividad de BPO. Los datos de<br \/>\nnaturaleza indispensable deber\u00e1n ser proporcionados por los titulares de los mismos o los<br \/>\nlegitimados para el ejercicio de estos derechos.<br \/>\nDATOS OPCIONALES: son aquellos datos que la<br \/>\nTOP DATA. requiere para ofrecer servicios adicionales<br \/>\nen ofertas laborales, etc.<br \/>\nENCARGADO DEL TRATAMIENTO: persona natural o jur\u00eddica, p\u00fablica o privada que por s\u00ed misma<br \/>\no en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del<br \/>\nTratamiento.<br \/>\nLEY DE PROTECCI\u00d3N DE DATOS: es la Ley 1581 de 2012 y sus Decretos reglamentarios o las<br \/>\nnormas que los modifiquen, complementen o sustituyan.<br \/>\nHABEAS DATA: derecho de cualquier persona a conocer, actualizar y rectificar las informaciones<br \/>\nque se hayan recogido sobre ellas en el banco de datos y en archivos de entidades p\u00fablicas y<br \/>\nprivadas.<br \/>\nRESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: persona natural o jur\u00eddica, p\u00fablica o privada que por s\u00ed<br \/>\nmisma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y\/o Tratamiento de los datos.<br \/>\nTITULAR: persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento.<br \/>\nTRATAMIENTO: cualquier operaci\u00f3n o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como<br \/>\nla recolecci\u00f3n, almacenamiento, uso, circulaci\u00f3n o supresi\u00f3n.<br \/>\nTRANSFERENCIA: la transferencia de datos tiene lugar cuando el responsable y\/o encargado del<br \/>\ntratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, env\u00eda la informaci\u00f3n o los datos personales<br \/>\na un receptor, que a su vez es responsable del tratamiento y se encuentra dentro o fuera del pa\u00eds.<br \/>\nTRANSMISI\u00d3N: tratamiento de datos personales que implica la comunicaci\u00f3n de los mismos dentro<br \/>\no fuera del territorio de la Rep\u00fablica de Colombia cuando tenga por objeto la realizaci\u00f3n de un<br \/>\ntratamiento por el encargado por cuenta del responsable.<br \/>\nV. PRINCIPIOS<br \/>\nEn el desarrollo, interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de la ley 1581 de 2012 por la cual se dictan disposiciones<br \/>\ngenerales para la protecci\u00f3n de datos personales y las normas que la complementan, modifican o<br \/>\nadicionan, se aplicar\u00e1n de manera arm\u00f3nica e integral los siguientes principios rectores:<br \/>\na) PRINCIPIO DE LA LEGALIDAD: el Tratamiento de datos es una actividad reglada que debe<br \/>\nsujetarse a lo estableci\u00f3 en la ley y las dem\u00e1s disposiciones que la desarrollen.<br \/>\nb) PRINCIPIO DE FINALIDAD: el tratamiento debe obedecer a una finalidad leg\u00edtima de acuerdo<br \/>\ncon la Constituci\u00f3n y la Ley, la cual debe ser informada al titular.<br \/>\nEn lo correspondiente a la recolecci\u00f3n de datos personales, LA<br \/>\nTOP DATA. se limitar\u00e1 a aquellos datos que sean<br \/>\npertinentes y adecuados para la finalidad con la cual fueron recolectados o requeridos; las Gerencias<br \/>\nGeneral, Administrativas, etc\u2026, deber\u00e1n informar al titular el motivo por el cual se solicita la<br \/>\ninformaci\u00f3n y el uso espec\u00edfico que se le dar\u00e1 a la misma.<br \/>\nc) PRINCIPIO DE LIBERTAD: el tratamiento solo puede ejercerse con el consentimiento previo,<br \/>\nexpreso, e informado del titular. Los datos personales no podr\u00e1n ser obtenidos o divulgados sin<br \/>\nprevia autorizaci\u00f3n, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.<br \/>\nd) PRINCIPIO DE VERACIDAD O CALIDAD: la informaci\u00f3n sujeta a tratamiento debe ser veraz,<br \/>\ncompleta, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se proh\u00edbe el tratamiento de datos<br \/>\nparciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.<br \/>\ne) PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA: en el tratamiento debe garantizarse el derecho del titular a<br \/>\nobtener del responsable del tratamiento o del encargado del tratamiento, en cualquier momento y<br \/>\nsin restricciones, informaci\u00f3n acerca de la existencia de datos que le conciernan.<br \/>\nf) PRINCIPIO DE ACCESO Y CIRCULACI\u00d3N RESTRINGIDA: el tratamiento se sujeta a los l\u00edmites<br \/>\nque se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley y la<br \/>\nConstituci\u00f3n.<br \/>\nEn este sentido, el tratamiento s\u00f3lo podr\u00e1 hacerse por personas autorizadas por el titular y\/o por las<br \/>\npersonas previstas en la ley. Los datos personales, salvo la informaci\u00f3n p\u00fablica, no podr\u00e1n estar<br \/>\ndisponibles en internet u otros medios de divulgaci\u00f3n o comunicaci\u00f3n masiva, salvo que el acceso<br \/>\nsea t\u00e9cnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido s\u00f3lo a los titulares o terceros<br \/>\nautorizados conforme a la ley.<br \/>\ng) PRINCIPIO DE SEGURIDAD: la informaci\u00f3n sujeta a tratamiento por la<br \/>\nTOP DATA, se deber\u00e1 manejar con las medidas<br \/>\nt\u00e9cnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros<br \/>\nevitando su adulteraci\u00f3n, p\u00e9rdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.<br \/>\nh) PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD: la<br \/>\nTOP DATA. est\u00e1 obligada a garantizar la reserva de la<br \/>\ninformaci\u00f3n, inclusive despu\u00e9s de finalizada su relaci\u00f3n con alguna de las labores que comprende<br \/>\nel tratamiento, pudiendo s\u00f3lo realizar suministro o comunicaci\u00f3n de datos personales cuando ello<br \/>\ncorresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley.<br \/>\nVI. DERECHOS QUE LE ASISTEN AL TITULAR DE LA INFORMACI\u00d3N<br \/>\nEl titular de los datos personales tendr\u00e1 los siguientes derechos:<br \/>\na) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a la<br \/>\nTOP DATA. en su condici\u00f3n de responsable del<br \/>\ntratamiento. Este derecho se podr\u00e1 ejercer, entre otros, frente a datos parciales, inexactos,<br \/>\nincompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento est\u00e9 expresamente<br \/>\nprohibido o no haya sido autorizado.<br \/>\nb) Solicitar prueba de la autorizaci\u00f3n otorgada a la<br \/>\nTOP DATA. salvo cuando expresamente se except\u00fae<br \/>\ncomo requisito para el tratamiento (casos en los cuales no es necesaria la autorizaci\u00f3n).<br \/>\nc) Ser informado por la TOP DATA., previa solicitud,<br \/>\nrespecto del uso que le ha dado a sus datos personales.<br \/>\nd) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto<br \/>\nen la ley 1581 de 2012 y las dem\u00e1s normas que la modifiquen, adicionen o complementen.<br \/>\ne) Revocar la autorizaci\u00f3n y\/o solicitar la supresi\u00f3n del dato cuando en el Tratamiento no se respeten<br \/>\nlos principios, derechos y garant\u00edas constitucionales y legales.<br \/>\nf) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.<br \/>\nVII. DERECHOS DE LOS NI\u00d1OS Y ADOLESCENTES<br \/>\nEn el Tratamiento se asegurar\u00e1 el respeto a los derechos prevalentes de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y<br \/>\nadolescentes.<br \/>\nQueda proscrito el Tratamiento de datos personales de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes, salvo aquellos<br \/>\ndatos que sean de naturaleza p\u00fablica.<br \/>\nEs tarea del Estado y las entidades educativas de todo tipo proveer informaci\u00f3n y capacitar a los<br \/>\nrepresentantes legales y tutores sobre los eventuales riesgos a los que se enfrentan los ni\u00f1os, ni\u00f1as<br \/>\ny adolescentes respecto del Tratamiento indebido de sus datos personales, y proveer de<br \/>\nconocimiento acerca del uso responsable y seguro por parte de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes de sus<br \/>\ndatos personales, su derecho a la privacidad y protecci\u00f3n de su informaci\u00f3n personal y la de los<br \/>\ndem\u00e1s.<br \/>\nVIII. DEBERES DE LA TOP DATA.<br \/>\nEn virtud de la presente pol\u00edtica de tratamiento y protecci\u00f3n de datos personales son deberes de la<br \/>\nTOP DATA. los siguientes, sin perjuicio de las<br \/>\ndisposiciones previstas en la ley.<br \/>\na) Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de h\u00e1beas data.<br \/>\nb) Solicitar y conservar, copia de la respectiva autorizaci\u00f3n otorgada por el titular.<br \/>\nc) Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolecci\u00f3n y los derechos que le asisten<br \/>\nen virtud de la autorizaci\u00f3n otorgada.<br \/>\nd) Conservar la informaci\u00f3n bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su<br \/>\nadulteraci\u00f3n, p\u00e9rdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.<br \/>\ne) Garantizar que la informaci\u00f3n sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y<br \/>\ncomprensible.<br \/>\nf) Actualizar la informaci\u00f3n, atendiendo de esta forma todas las novedades respecto de los datos del<br \/>\ntitular. Adicionalmente, se deber\u00e1n implementar todas las medidas necesarias para que la<br \/>\ninformaci\u00f3n se mantenga actualizada.<br \/>\ng) Rectificar la informaci\u00f3n cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente.<br \/>\nh) Respetar las condiciones de seguridad y privacidad de la informaci\u00f3n del titular.<br \/>\ni) Tramitar las consultas y reclamos formulados en los t\u00e9rminos se\u00f1alados por la ley.<br \/>\nj) Identificar cuando determinada informaci\u00f3n se encuentra en discusi\u00f3n por parte del titular.<br \/>\nk) Informar a solicitud del titular sobre el uso dado a sus datos.<br \/>\nl) Informar a la autoridad de protecci\u00f3n de datos cuando se presenten violaciones a los c\u00f3digos de<br \/>\nseguridad y existan riesgos en la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n de los titulares.<br \/>\nm) Cumplir los requerimientos e instrucciones que imparta la Superintendencia de Industria y<br \/>\nComercio sobre el tema en particular.<br \/>\nn) Usar \u00fanicamente datos cuyo tratamiento est\u00e9 previamente autorizado de conformidad con lo<br \/>\nprevisto en la ley 1581 de 2012.<br \/>\no) TOP DATA. har\u00e1 uso de los datos personales del<br \/>\ntitular solo para aquellas finalidades para las que se encuentre facultada debidamente y respetando<br \/>\nen todo caso la normatividad vigente sobre protecci\u00f3n de datos personales.<br \/>\nPor otra parte la norma establece que se requiere de una autorizaci\u00f3n previa, expresa e informada<br \/>\npor parte titular del dato que este pueda tratarse. La Autorizaci\u00f3n del titular:<br \/>\n\u2022 Debe ser previa e informada (no t\u00e1cita) \u2022 Puede ser obtenida por cualquier medio que permita su<br \/>\nconsulta posterior \u2022 No es necesaria en los siguientes casos: &#8211; Cuando la informaci\u00f3n sea requerida<br \/>\npor entidad p\u00fablica en ejercicio de sus funciones &#8211; Se trate de datos de naturaleza p\u00fablica &#8211; En casos<br \/>\nde urgencia m\u00e9dica o sanitaria (si no es urgencia, debe obtenerse la autorizaci\u00f3n) &#8211; Para fines<br \/>\nhist\u00f3ricos, estad\u00edsticos o cient\u00edficos &#8211; Datos relacionados con el Registro Civil<br \/>\nAdicionalmente la ley estableci\u00f3 dos categor\u00edas de datos que reciben especial protecci\u00f3n: (i) los<br \/>\ndatos sensibles y (ii) los datos personales de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<br \/>\nLos datos sensibles son aquellos que afectan la intimidad de las personas o cuyo uso indebido puede<br \/>\ngenerar discriminaci\u00f3n (origen racial, orientaci\u00f3n pol\u00edtica, convicciones filos\u00f3ficas o religiosas,<br \/>\npertenencia a sindicatos u organizaciones sociales o de derechos humanos, datos de salud, de la<br \/>\nvida sexual y datos biom\u00e9tricos). Su tratamiento est\u00e1, en t\u00e9rminos generales, prohibido salvo que<br \/>\nconcurra alguna de las siguientes excepciones: (i) autorizaci\u00f3n expl\u00edcita del titular (ii) tratamiento<br \/>\nnecesario para salvaguardar su inter\u00e9s vital, (iii) realizaci\u00f3n del tratamiento en actividades leg\u00edtimas<br \/>\nrelacionadas con el derecho de asociaci\u00f3n, (iv) el ejercicio o defensa de un derecho en un proceso<br \/>\njudicial o (v) tratamientos con finalidad hist\u00f3rica, estad\u00edstica o cient\u00edfica.<br \/>\nRespecto a los datos de menores de edad, se debe tener en cuenta que aunque la ley proscribe su<br \/>\ntratamiento la Corte Constitucional precis\u00f3 que tal prohibici\u00f3n debe interpretarse de forma tal que s\u00ed<br \/>\nse pueda llevar a cabo pero siempre con plena protecci\u00f3n de los derechos fundamentales del menor.<br \/>\nUn tema relevante de la ley, consiste en la designaci\u00f3n de la Superintendencia de Industria y<br \/>\nComercio como autoridad competente en materia de protecci\u00f3n de datos personales, a trav\u00e9s de la<br \/>\ncreaci\u00f3n de una delegatura, la cual se encargar\u00e1 de garantizar el cumplimiento de lo establecido en<br \/>\nla ley sobre tratamiento de datos. A dicha entidad se le facult\u00f3 para imponer sanciones que van<br \/>\ndesde multas, pasando por suspensi\u00f3n de actividades e incluso la suspensi\u00f3n definitiva de las<br \/>\noperaciones que involucren tratamiento, a los responsables o Encargados del Tratamiento que no<br \/>\ncumplan con los deberes que establece la ley. Igualmente, la norma cre\u00f3 el Registro Nacional de<br \/>\nBases de Datos, el cual ser\u00e1 administrado por la SIC y exigir\u00e1 que las bases de datos que involucren<br \/>\ndatos personales sean debidamente registradas ante la entidad.<br \/>\nPor \u00faltimo, la norma proh\u00edbe la transferencia de datos personales a terceros pa\u00edses que no<br \/>\nproporcionen niveles adecuados de protecci\u00f3n del dato. Y para ello se design\u00f3 a la Superintendencia<br \/>\nde Industria y Comercio como la entidad encargada de certificar los pa\u00edses que cuenten con un nivel<br \/>\nde protecci\u00f3n adecuado. Para aquellos casos en los que la transferencia se vaya a realizar a un pa\u00eds<br \/>\nque no tenga un nivel de protecci\u00f3n adecuado, se requerir\u00e1 del consentimiento expreso e inequ\u00edvoco<br \/>\ndel Titular. Esta disposici\u00f3n ser\u00e1 aplicable tambi\u00e9n a los datos financieros.<br \/>\nLa anterior Ley fue reglamentada por el Decreto 1377 de 2013 y a continuaci\u00f3n se resaltan sus<br \/>\nprincipales aspectos:<br \/>\nEl art\u00edculo 2\u00ba del decreto, se refiere a un tipo de tratamiento excluido de la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen<br \/>\ngeneral de protecci\u00f3n de datos. Se trata de los datos mantenidos en \u00e1mbitos meramente personales<br \/>\no dom\u00e9sticos. Se\u00f1ala el decreto, que se entiende por \u00e1mbito personal o dom\u00e9stico aquellas<br \/>\nactividades inscritas en el marco de la vida privada o familiar de las personas naturales.<br \/>\nUn punto importante con relaci\u00f3n al art. 3 del decreto se refiere a que subsisten las inquietudes frente<br \/>\na lo que se entiende por transferencia y transmisi\u00f3n de datos ya que estas nociones permanecen de<br \/>\nmanera imprecisa y a\u00fan no terminan por aclarar lo que aparece de manera indeterminada en la ley.<br \/>\nAl respecto puede inferirse del articulado en contexto con el art. 26 de la ley, que ambas nociones<br \/>\nguardan una estrecha consonancia, pero debe advertirse que la transferencia hace alusi\u00f3n al<br \/>\nprocedimiento relacional entre el responsable y un receptor (que adquiere el papel del responsable)<br \/>\nubicado dentro o fuera de Colombia. Por su parte la transmisi\u00f3n se refiere m\u00e1s a la operaci\u00f3n o<br \/>\nproceso de comunicar en una relaci\u00f3n de extremos, entre el responsable y el encargado. Debe<br \/>\nresaltarse que la ley semana que la transmisi\u00f3n implica per se un tratamiento sobre el dato, mientras<br \/>\nla transferencia no.<br \/>\nBajo el cap\u00edtulo 2 del decreto, se agrupan una serie de nociones frente al elemento \u201cAutorizaci\u00f3n\u201d<br \/>\nbajo los principios que orientan el deber ser en el tratamiento de datos personales. En efecto, inicial<br \/>\nel art. 4 por desarrollar bajo los principios de finalidad y libertad la forma en c\u00f3mo debe operar la<br \/>\nrecolecci\u00f3n de los datos de los titulares. Frente al art. 7 del decreto se regula el modo de obtener la<br \/>\nautorizaci\u00f3n bajo el amparo del art. 9 de la ley. Permite el tratamiento automatizado de<br \/>\nla autorizaci\u00f3n para el tratamiento, siempre que ella se manifieste por escrito o de forma verbal o por<br \/>\nmedio de una conducta del titular que permita inferir de forma razonable su consentimiento en el<br \/>\ntratamiento de la informaci\u00f3n. Aclara el art\u00edculo que esta inferencia no puede arribarse por v\u00eda de<br \/>\nsilencio del titular. El art. 9 del decreto al desarrollar la facultad del titular de revocar la autorizaci\u00f3n<br \/>\ny por esta v\u00eda suprimir sus datos introdujo como obligatorio para el responsable y\/o encargado la<br \/>\ndisposici\u00f3n de mecanismos gratuitos y de f\u00e1cil acceso para presentar su solicitud de supresi\u00f3n.<br \/>\nEfectuada la reclamaci\u00f3n por parte del titular el encargado contar\u00e1 con 15 d\u00edas h\u00e1biles para proceder<br \/>\na su supresi\u00f3n so pena de ser sancionado.<br \/>\nEs importante resaltar las previsiones del art. 10 del decreto ya que introduce un procedimiento para<br \/>\nla refrendaci\u00f3n o validaci\u00f3n de los datos personales recogidos con anterioridad a la vigencia del<br \/>\ndecreto. La disposici\u00f3n en menci\u00f3n impone a los responsables y encargados un procedimiento que<br \/>\ndeber\u00e1 cumplirse a fin de continuar con el tratamiento de datos personales sobre bases de datos<br \/>\nanteriores al decreto. De la redacci\u00f3n del art\u00edculo 10 tenemos que podr\u00e1n validarse los datos<br \/>\nrecogidos en bancos de datos hasta el d\u00eda 26 de junio de 2013, as\u00ed:<br \/>\nEl responsable solicitar\u00e1 la autorizaci\u00f3n a los titulares para continuar con el tratamiento; esto lo podr\u00e1<br \/>\nhacer por medio autom\u00e1tico (esto es mail, acceder a una Web etc) permitiendo que el titular autorice<br \/>\npor cualquier medio su tratamiento. En esta misma comunicaci\u00f3n el responsable deber\u00e1 hacer<br \/>\nconocer al titular su pol\u00edtica de tratamiento de la informaci\u00f3n, as\u00ed como el modo de ejercer sus<br \/>\nderechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos. Si transcurridos 30 d\u00edas h\u00e1biles a partir<br \/>\nde dicha comunicaci\u00f3n, el titular no expresa su intenci\u00f3n de supresi\u00f3n del dato, la norma supone que<br \/>\nha operado la autorizaci\u00f3n y por ende el responsable o encargado podr\u00e1 continuar con el tratamiento<br \/>\nen las condiciones y finalidades se\u00f1aladas en la pol\u00edtica. En todo caso, subsistir\u00e1n para el<br \/>\nresponsable el cumplimiento de todas las reglas y principios en el tratamiento de datos.<br \/>\nEl cap\u00edtulo 4 del Decreto aborda la cuesti\u00f3n de las pol\u00edticas de tratamiento como documento cardinal<br \/>\npara el establecimiento de un macrosistema de aseguramiento de la informaci\u00f3n en las<br \/>\norganizaciones. Este documento ser\u00e1 la carta de navegaci\u00f3n para las empresas para el manejo<br \/>\nadecuado en protecci\u00f3n de datos. As\u00ed mismo se advierte de la necesidad de confeccionar el aviso<br \/>\nde privacidad como otra herramienta para la difusi\u00f3n de las pol\u00edticas de los titulares de los datos.<br \/>\nEl art. 16 se\u00f1ala la obligaci\u00f3n de conservar el modelo de aviso de privacidad utilizado en momentos<br \/>\nespec\u00edficos.<br \/>\nEl art. 23 hace obligatorio la adopci\u00f3n a nivel organizacional de la funci\u00f3n de responsable de los<br \/>\ndatos personales. Al se\u00f1alar que esta designaci\u00f3n puede recaer sobre una persona o un \u00e1rea<br \/>\nconfigura de manera amplia la forma en que las empresas podr\u00e1n cumplir este requisito.<br \/>\nBajo el art. 25 se se\u00f1ala que el contrato entre responsable y encargado deber\u00e1 especificar las<br \/>\ncircunstancias especiales y las principales caracter\u00edsticas del instrumento regulador de la relaci\u00f3n<br \/>\nentre el due\u00f1o de la base de datos y quien la gestiona.<br \/>\nIX. EL REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS<br \/>\nEl Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), es el directorio p\u00fablico de las bases de datos<br \/>\nsujetas a Tratamiento que operan en el pa\u00eds y ser\u00e1 administrado por la Superintendencia de Industria<br \/>\ny Comercio y ser\u00e1 de libre consulta para los ciudadanos.<br \/>\nUna vez el Gobierno Nacional reglamente la informaci\u00f3n m\u00ednima que debe contener el Registro, y<br \/>\nlos t\u00e9rminos y condiciones bajo los cuales se deben inscribir en \u00e9ste, TOP DATA. aportar\u00e1 a la Superintendencia de Industria<br \/>\ny Comercio las bases de datos sujetas a tratamiento en el tiempo indicado.<br \/>\nX. AUTORIZACIONES Y CONSENTIMIENTO DEL TITULAR<br \/>\nSin perjuicio de las excepciones previstas en la Ley, en el tratamiento de datos personales del titular<br \/>\nse requiere la autorizaci\u00f3n previa e informada de \u00e9ste, la cual deber\u00e1 ser obtenida por cualquier<br \/>\nmedio que pueda ser objeto de consulta posterior.<br \/>\nXI. MEDIO Y MANIFESTACI\u00d3N PARA OTORGAR LA AUTORIZACI\u00d3N DEL TITULAR<br \/>\nXII.<br \/>\nTOP DATA. en los t\u00e9rminos dispuestos en la Ley<br \/>\ngener\u00f3 un aviso en el cual se comunica a los titulares que pueden ejercer su derecho al tratamiento<br \/>\nde los datos personales a trav\u00e9s de la p\u00e1gina<br \/>\nTOP DATA y del correo electr\u00f3nico juanitabonilla@topdata.co<br \/>\nXI. EVENTOS EN LOS CUALES NO ES NECESARIA LA AUTORIZACI\u00d3N DEL T\u00cdTULAR DE<br \/>\nLOS DATOS PERSONALES<br \/>\nLa autorizaci\u00f3n del titular de la informaci\u00f3n no ser\u00e1 necesaria en los siguientes casos:<br \/>\na) Informaci\u00f3n requerida por una entidad p\u00fablica o administrativa en ejercicio de sus funciones<br \/>\nlegales o por orden judicial.<br \/>\nb) Datos de naturaleza p\u00fablica.<br \/>\nc) Casos de urgencia m\u00e9dica o sanitaria.<br \/>\nd) Tratamiento de informaci\u00f3n autorizado por la ley para fines hist\u00f3ricos, estad\u00edsticos o cient\u00edficos.<br \/>\nDatos relacionados con el Registro Civil de las personas.<br \/>\nXIII. LEGITIMACI\u00d3N PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DEL TITULAR<br \/>\nLos derechos de los titulares establecidos en la Ley podr\u00e1n ejercerse por las siguientes personas:<br \/>\na) Por el titular, quien deber\u00e1 acreditar su identidad en forma suficiente por los distintos medios que<br \/>\nle ponga a disposici\u00f3n TOP DATA<br \/>\nb) Por los causahabientes del titular, quienes deber\u00e1n acreditar tal calidad.<br \/>\nc) Por el representante y\/o apoderado del titular, previa acreditaci\u00f3n de la representaci\u00f3n o<br \/>\napoderamiento.<br \/>\nd) Por estipulaci\u00f3n a favor de otro o para otro.<br \/>\nLos derechos de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes se ejercer\u00e1n por las personas que est\u00e9n facultadas<br \/>\npara representarlos.<br \/>\nXIII. TRATAMIENTO AL CUAL SER\u00c1N SOMETIDOS LOS DATOS Y<br \/>\nFINALIDAD DEL MISMO<br \/>\nEl tratamiento para los datos personales indispensables de trabajadores, clientes, proveedores y\/o<br \/>\ncontratistas, estar\u00e1 enmarcado en el orden legal y en virtud de la condici\u00f3n de la<br \/>\nTOP DATA  como Instituci\u00f3n de comercio, y ser\u00e1n todos<br \/>\nlos necesarios para el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional<br \/>\nTOP DATA<br \/>\nPara el caso de datos personales sensibles, se podr\u00e1 hacer uso y tratamiento de ellos cuando:<br \/>\na) El Titular haya dado su autorizaci\u00f3n expl\u00edcita a dicho Tratamiento, salvo en los casos que por ley<br \/>\nno sea requerido el otorgamiento de dicha autorizaci\u00f3n;<br \/>\nb) El Tratamiento sea necesario para salvaguardar el inter\u00e9s vital del Titular y este se encuentre<br \/>\nf\u00edsica o jur\u00eddicamente incapacitado. En estos eventos, los representantes legales deber\u00e1n otorgar su<br \/>\nautorizaci\u00f3n;<br \/>\nc) El Tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades leg\u00edtimas y con las debidas garant\u00edas<br \/>\npor parte de un Tercero, cuya finalidad sea pol\u00edtica, filos\u00f3fica, religiosa o sindical, siempre que se<br \/>\nrefieran exclusivamente a sus miembros o a las personas que mantengan contactos regulares por<br \/>\nraz\u00f3n de su finalidad. En estos eventos, los datos no se podr\u00e1n suministrar a terceros sin la<br \/>\nautorizaci\u00f3n del Titular;<br \/>\nd) El Tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa<br \/>\nde un derecho en un proceso judicial;<br \/>\ne) El Tratamiento tenga una finalidad hist\u00f3rica, estad\u00edstica o cient\u00edfica. En este evento deber\u00e1n<br \/>\nadoptarse las medidas conducentes a la supresi\u00f3n de identidad de los Titulares.<br \/>\nEl tratamiento de datos personales de ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes est\u00e1 prohibido, excepto cuando<br \/>\nse trate de datos de naturaleza p\u00fablica, y cuando dicho tratamiento cumpla con los siguientes<br \/>\npar\u00e1metros y\/o requisitos:<br \/>\na) que respondan y respeten el inter\u00e9s superior de los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes.<br \/>\nb) que se asegure el respeto de sus derechos fundamentales.<br \/>\nCumplidos los anteriores requisitos, el representante legal de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes<br \/>\notorgar\u00e1 la autorizaci\u00f3n, previo ejercicio del menor de su derecho a ser escuchado, opini\u00f3n que ser\u00e1<br \/>\nvalorada teniendo en cuenta la madurez, autonom\u00eda y capacidad para entender el asunto.<br \/>\nTOP DATA velar\u00e1 por el uso adecuado del<br \/>\ntratamiento de los datos personales de los ni\u00f1os, ni\u00f1as o adolescentes.<br \/>\nXIV. PERSONAS A QUIENES SE LES PUEDE SUMINISTRAR LA INFORMACI\u00d3N<br \/>\nLa informaci\u00f3n que re\u00fana las condiciones establecidas en la ley podr\u00e1 suministrarse a las siguientes<br \/>\npersonas:<br \/>\na) A los titulares, sus causahabientes (cuando aquellos falten) o sus representantes legales.<br \/>\nb) A las entidades p\u00fablicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden<br \/>\njudicial.<br \/>\nc) A los terceros autorizados por el titular o por la ley.<br \/>\nXV. PERSONA O \u00c1REA RESPONSABLE DE LA ATENCI\u00d3N DE PETICIONES,<br \/>\nCONSULTAS Y RECLAMOS<br \/>\nTOP DATA ha designado como \u00e1rea responsable de<br \/>\nvelar por el cumplimiento de esta pol\u00edtica al interior de la instituci\u00f3n en cabeza de la Gerencia<br \/>\nAdministrativa, con el apoyo de nuestros Asesores Jur\u00eddicos de Soluciones Legales, \u00e1reas<br \/>\nFuncionales como Staff que manejan los Datos Personales de los Titulares y profesionales en<br \/>\nSeguridad de la Informaci\u00f3n.<br \/>\nEsta dependencia estar\u00e1 atenta para resolver peticiones, consultas y reclamos por parte de los<br \/>\ntitulares y para realizar cualquier actualizaci\u00f3n, rectificaci\u00f3n y supresi\u00f3n de datos personales, a<br \/>\ntrav\u00e9s del correo electr\u00f3nico juanitabonilla@topdata.co<br \/>\nXVI. XVI PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCI\u00d3N DE CONSULTAS, RECLAMOS Y<br \/>\nPETICIONES<br \/>\na) Consultas: Los Titulares o sus causahabientes podr\u00e1n consultar la informaci\u00f3n personal del Titular<br \/>\nque repose en TOP DATA quien suministrar\u00e1 toda la<br \/>\ninformaci\u00f3n contenida en el registro individual o que est\u00e9 vinculada con la identificaci\u00f3n del Titular.<br \/>\nLa consulta se formular\u00e1 a trav\u00e9s del correo juanitabonilla@topdata.co<br \/>\nLa consulta ser\u00e1 atendida en un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de diez (10) d\u00edas h\u00e1biles contados a partir de la<br \/>\nfecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho t\u00e9rmino,<br \/>\nse informar\u00e1 al interesado, expresando los motivos de la demora y se\u00f1alando la fecha en que se<br \/>\natender\u00e1 su consulta, la cual en ning\u00fan caso podr\u00e1 superar los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles siguientes al<br \/>\nvencimiento del primer t\u00e9rmino.<br \/>\nb) Reclamos: El Titular o sus causahabientes que consideren que la informaci\u00f3n contenida en una<br \/>\nbase de datos debe ser objeto de correcci\u00f3n, actualizaci\u00f3n o supresi\u00f3n, o cuando adviertan el<br \/>\npresunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en la ley, podr\u00e1n presentar un<br \/>\nreclamo ante TOP DATA, el cual ser\u00e1 tramitado bajo<br \/>\nlas siguientes reglas:<br \/>\n1. El reclamo del Titular se formular\u00e1 mediante solicitud dirigida a TOP DATA por el correo electr\u00f3nico juanitabonilla@topdata.co con la identificaci\u00f3n del Titular, la descripci\u00f3n<br \/>\nde los hechos que dan lugar al reclamo, la direcci\u00f3n, y acompa\u00f1ando los documentos que se quiera<br \/>\nhacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerir\u00e1 al interesado dentro de los cinco (5) d\u00edas<br \/>\nsiguientes a la recepci\u00f3n del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde<br \/>\nla fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la informaci\u00f3n requerida, se entender\u00e1 que<br \/>\nha desistido del reclamo.<br \/>\nEn caso de que quien reciba el reclamo no sea competente para resolverlo, dar\u00e1 traslado a quien<br \/>\ncorresponda en un t\u00e9rmino m\u00e1ximo de dos (2) d\u00edas h\u00e1biles e informar\u00e1 de la situaci\u00f3n al interesado.<br \/>\n2. Una vez recibido el correo juanitabonilla@topdata.co con el reclamo<br \/>\ncompleto, \u00e9ste se catalogar\u00e1 con la etiqueta &#8220;reclamo en tr\u00e1mite&#8221; y el motivo del mismo en un t\u00e9rmino<br \/>\nno mayor a dos<br \/>\n(2) d\u00edas h\u00e1biles. Dicha etiqueta se mantendr\u00e1 hasta que el reclamo sea decidido.<br \/>\n3. El t\u00e9rmino m\u00e1ximo para atender el reclamo ser\u00e1 de quince (15) d\u00edas h\u00e1biles contados a partir del<br \/>\nd\u00eda siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho<br \/>\nt\u00e9rmino, se informar\u00e1 al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atender\u00e1 su<br \/>\nreclamo, la cual en ning\u00fan caso podr\u00e1 superar los ocho (8) d\u00edas h\u00e1biles siguientes al vencimiento del<br \/>\nprimer t\u00e9rmino.<br \/>\nc) Petici\u00f3n de actualizaci\u00f3n, rectificaci\u00f3n y supresi\u00f3n de datos.<br \/>\nTOP DATA rectificar\u00e1 y actualizar\u00e1, a solicitud del<br \/>\ntitular, la informaci\u00f3n de \u00e9ste que resulte ser incompleta o inexacta, de conformidad con el<br \/>\nprocedimiento y los t\u00e9rminos antes se\u00f1alados, para lo cual el titular allegar\u00e1 la solicitud al correo<br \/>\nelectr\u00f3nico juanitabonilla@topdata.co indicando la actualizaci\u00f3n,<br \/>\nrectificaci\u00f3n y supresi\u00f3n del dato y aportar\u00e1 la documentaci\u00f3n que soporte su petici\u00f3n.<br \/>\nd) Revocatoria de la autorizaci\u00f3n y\/o supresi\u00f3n del dato. Los titulares de los datos personales pueden<br \/>\nrevocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y<br \/>\ncuando no lo impida una disposici\u00f3n legal o contractual, para ello la<br \/>\nTOP DATA. pondr\u00e1 a disposici\u00f3n del Titular el correo<br \/>\nelectr\u00f3nico juanitabonilla@topdata.co<br \/>\nSi vencido el t\u00e9rmino legal respectivo, TOP DATA,<br \/>\nseg\u00fan fuera el caso, no hubieran eliminado los datos personales, el Titular tendr\u00e1 derecho a solicitar<br \/>\na la Superintendencia de Industria y Comercio que ordene la revocatoria de la autorizaci\u00f3n y\/o la<br \/>\nsupresi\u00f3n de los datos personales. Para estos efectos se aplicar\u00e1 el procedimiento descrito en el<br \/>\nart\u00edculo 22 de la Ley 1581 de 2012.<br \/>\nXVII. TRANFERENCIA Y TRANSMISI\u00d3N INTERNACIONAL DE DATOS PERSONALES<br \/>\nTOP DATA en cumplimiento de la misi\u00f3n<br \/>\ninstitucional de BPO y en consideraci\u00f3n de sus v\u00ednculos<br \/>\npermanentes u ocasionales de car\u00e1cter comercial y administrativos con instituciones internacionales,<br \/>\npodr\u00e1 efectuar transferencia y transmisi\u00f3n de datos personales de los titulares.<br \/>\nPara la transferencia internacionales de datos personales de los titulares, TOP DATA tomar\u00e1 las medidas necesarias para que los<br \/>\nterceros conozcan y se comprometan a observar esta Pol\u00edtica, bajo el entendido que la informaci\u00f3n<br \/>\npersonal que reciban, \u00fanicamente podr\u00e1 ser utilizada para asuntos directamente relacionados con TOP DATA y solamente mientras \u00e9sta dure y no podr\u00e1<br \/>\nser usada o destinada para prop\u00f3sito o fin diferente. Para la transferencia internacional de datos<br \/>\npersonales se observar\u00e1 lo previsto en el art\u00edculo 26 de la Ley 1581 de 2012.<br \/>\nLas transmisiones internacionales de datos personales que efect\u00fae la<br \/>\nTOP DATA, no requerir\u00e1n ser informadas al Titular ni<br \/>\ncontar con su consentimiento cuando medie un contrato de transmisi\u00f3n de datos personales de<br \/>\nconformidad al art\u00edculo 25 del Decreto 1377 de 2013.<br \/>\nCon la aceptaci\u00f3n de la presente pol\u00edtica, el Titular autoriza expresamente para transferir y<br \/>\ntransmitida Informaci\u00f3n Personal. La informaci\u00f3n ser\u00e1 transferida y transmitida, para todas las<br \/>\nrelaciones que puedan establecerse con TOP DATA.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>POL\u00cdTICA DE TRATAMIENTO PROTECCI\u00d3N DE DATOS PERSONALES DE LOS TITULARES DE TOP DATA. 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